miércoles, febrero 11

Poder Ejecutivo de Santa Fe reglamentó el otorgamiento de anticipos financieros a municipios

El Gobierno de Santa Fe habilitó el registro de inscripción para que municipios y comunas accedan a adelantos financieros transitorios, destinados de forma exclusiva al pago de salarios de sus administraciones. La medida, reglamentada por decreto del Poder Ejecutivo, busca asegurar la liquidez en las localidades y es administrada por la Secretaría de Gobierno, Municipios y Comunas del Ministerio de Gobierno.

El Poder Ejecutivo santafesino, a través del decreto 0007, reglamentó el artículo 55 de la Ley de Presupuesto vigente (N° 14424). Esta disposición autoriza al gobierno provincial a otorgar anticipos financieros a municipios y comunas «con el objeto exclusivo de atender erogaciones vinculadas con el pago de haberes durante el ejercicio 2026». Es una facultad que se reitera en las leyes de presupuesto de la provincia desde hace varios años.

El decreto, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y los ministros de Gobierno, Fabián Bastia, y de Economía, Pablo Olivares, detalla los cinco puntos que las administraciones locales deben seguir para acceder a estos adelantos. Estos fondos serán remitidos junto con la segunda quincena de coparticipación y no podrán exceder el promedio de los montos netos transferidos en los últimos seis meses por la primera quincena de coparticipación federal. Los descuentos por recupero de adelantos anteriores no se tendrán en cuenta para el cálculo de los montos netos. El importe correspondiente a la devolución será retenido por el Estado Provincial de la primera quincena de coparticipación del mismo mes.

Proceso de Adhesión y Solicitud

Para acceder a estos adelantos financieros transitorios, los municipios y comunas interesados deberán manifestar expresamente y por única vez su adhesión al sistema. La Secretaría de Gobierno, Municipios y Comunas del Ministerio de Gobierno, a cargo de Horacio Ciancio, pondrá a disposición un formulario para tal fin. La adhesión deberá contar con la firma del intendente y el secretario de Hacienda, o del presidente comunal y el tesorero, según corresponda, y conformará el registro de adherentes.

La petición mensual de los adelantos se realizará a través del portal de trámites del sitio web provincial, y su aprobación estará a cargo de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. Dicha secretaría establecerá los plazos límites para gestionar las solicitudes, que se extenderán hasta la primera quincena de diciembre. El límite de cada adelanto se calculará sobre el promedio de los últimos seis meses de coparticipación provincial no automática de primera quincena, considerando los montos efectivamente transferidos a cada localidad, netos de retenciones. La Contaduría General de la Provincia publicará mensualmente en el Sistema de Adelantos Financieros Transitorios el monto máximo que cada gobierno local podrá solicitar, estableciendo también la forma de devolución de estos anticipos.

Nuevos Índices de Coparticipación Provincial

Paralelamente, el Poder Ejecutivo aprobó, mediante el decreto 0006, los nuevos índices de distribución de la coparticipación de impuestos nacionales y del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para municipalidades y comunas de la provincia de Santa Fe. Estos indicadores son definitivos para el ejercicio 2025 y provisorios para el ejercicio 2026.

El decreto también establece que los importes resultantes de los excesos de coparticipación del balance de cierre del ejercicio 2025 serán descontados en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, a partir de enero de 2027. Para el cálculo de los índices de coparticipación de los municipios en 2026, se considera un 40% los datos de población del último Censo (2022), un 30% la ejecución realizada en 2024, y el 30% restante se distribuye en partes iguales.

En este marco, a la Municipalidad de Santa Fe le corresponde el 9,0725578 % de los recursos nacionales y de Ingresos Brutos, mientras que a Rosario se le asigna el 28,3359850 %. Rafaela completa el podio con el 3,0253381 %. Es importante destacar que, de los 65 municipios, muchos no alcanzan el 1% de la masa coparticipable debido a que sus poblaciones son inferiores a los 10.000 habitantes. Similar situación se observa en las 300 comunas restantes, donde ninguna supera el 1% de la masa.

Entre este año y el próximo, la Legislatura santafesina deberá sancionar la nueva Ley de Coparticipación, en cumplimiento con lo ordenado por la Constitución provincial. Esta discusión será crucial para definir los indicadores que regirán a partir de 2027, cuando la provincia contará con 365 municipios, producto de futuras transformaciones de comunas a municipios.