martes, octubre 6

Promulgaron la ley que regula la actividad de los cuidacoches en Santa Fe

Con la promulgación oficial por parte del Poder Ejecutivo provincial, quedó formalmente prohibida la actividad de los cuidacoches y limpiavidrios, comúnmente conocidos como «trapitos», en todo el territorio de Santa Fe. La medida, que modifica el Código de Convivencia, fue plasmada a través del decreto Nro. 2121 y lleva las firmas del gobernador Maximiliano Pullaro y del ministro de Gobierno, Fabián Bastía.

El proceso legislativo y la sanción definitiva

La puesta en vigencia de la nueva normativa llega tras un extenso debate que demandó varios meses de discusiones en la Legislatura provincial, incluyendo cortocircuitos y diferencias de criterio al interior del propio bloque oficialista.

Finalmente, la norma recibió sanción definitiva en la Cámara de Senadores, cuerpo que ratificó el texto original del proyecto y rechazó las modificaciones introducidas previamente por la Cámara de Diputados.

Alcance de la prohibición y el rol de los municipios

A partir de la promulgación de la ley Nro. 14.486, la actividad informal de los cuidacoches en la vía pública pasa a estar prohibida en toda la provincia. No obstante, para su efectiva implementación a nivel local, los Concejos Deliberantes y las administraciones de cada municipio y comuna deberán dictar las ordenanzas de adhesión correspondientes, estableciendo las pautas específicas para sus jurisdicciones.

Desde el punto de vista legal, la práctica no tipifica como un delito penal, sino que adquiere el carácter de una contravención dentro del Código de Convivencia santafesino.

Sanciones y penalizaciones para los infractores

El marco normativo establece penalidades específicas para quienes ofrezcan el servicio de cuidado, lavado o retribución de vehículos sin autorización y en zonas consideradas prohibidas.

Los infractores se enfrentarán a sanciones que van de 2 a 10 días de trabajo comunitario, además de la prohibición temporal de concurrir al lugar donde se constató el hecho. Asimismo, la legislación endurece las medidas ante casos de reincidencia, contemplando penas de arresto efectivo que oscilan entre los 10 y los 20 días.