miércoles, abril 29

Jubilados: bono de hasta $70.000 eleva haberes mínimos en mayo

El Gobierno nacional oficializó el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000, a ser abonado en mayo de 2026 a jubilados, pensionados y diversos beneficiarios de prestaciones sociales. La medida, formalizada mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, busca fortalecer el poder adquisitivo de los sectores más vulnerables del sistema previsional en un contexto de alta inflación.

El Decreto 292/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, establece los alcances, condiciones y el universo de beneficiarios de esta asistencia económica. Su liquidación se realizará junto con los haberes de mayo de 2026, reafirmando el compromiso del Gobierno con la protección de los ingresos de los adultos mayores frente a la inflación y los desafíos de la movilidad jubilatoria.

Quiénes Accederán al Bono Extraordinario

El bono extraordinario está destinado a un amplio espectro de beneficiarios del sistema previsional argentino. La normativa incluye a jubilados y pensionados que forman parte del sistema contributivo, así como a los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). También se verán beneficiadas las personas que perciben pensiones no contributivas, tales como las otorgadas por invalidez o aquellas destinadas a madres de siete hijos o más. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) será la entidad responsable de la implementación del pago, el cual se efectuará de forma automática, sin requerir trámites adicionales por parte de los beneficiarios.

Criterios para la Asignación del Monto

Si bien el monto máximo del bono extraordinario es de $70.000, la suma a percibir variará según el nivel de ingreso de cada beneficiario. Aquellos que perciben el haber mínimo previsional recibirán el bono en su totalidad. Para quienes superen el haber mínimo, el monto será decreciente y se ajustará hasta alcanzar un tope fijado por la normativa. Este esquema de asignación busca priorizar y focalizar la ayuda económica en los sectores de menores ingresos del sistema previsional, buscando mitigar el impacto de la inflación en su poder de compra.

Fundamentos y Contexto de la Asistencia

En los fundamentos del Decreto 292/2026, el Gobierno nacional subraya que la medida es una respuesta directa a la necesidad de mitigar los severos efectos de la inflación sobre los ingresos de los adultos mayores. Se reconoce explícitamente que la anterior fórmula de movilidad jubilatoria presentaba deficiencias al no contemplar adecuadamente la evolución de los precios, lo que derivó en una pérdida de poder adquisitivo.

Aunque desde julio de 2024 se implementó un nuevo mecanismo de actualización de haberes basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, con ajustes mensuales, el bono extraordinario se presenta como una herramienta complementaria. Su objetivo es compensar los desfasajes acumulados y reforzar los ingresos de los jubilados y pensionados con menores recursos, en línea con una política de asistencia sostenida que se viene aplicando desde principios de 2024.

Puntos Salientes del Decreto

El Decreto 292/2026 establece una serie de condiciones y precisiones sobre la naturaleza de este bono. Para acceder al mismo, los beneficios previsionales deben estar vigentes durante el mes de liquidación, es decir, en mayo de 2026. Es fundamental destacar que el bono tendrá carácter no remunerativo, lo que implica que no estará sujeto a descuentos ni será incorporado al cálculo de otros conceptos, ni se integrará al haber mensual regular, sino que constituye un pago extraordinario y puntual. Asimismo, en el caso de las pensiones compartidas por varios copartícipes, el beneficio se considerará como correspondiente a un único titular, sin importar el número de personas que perciban la prestación.