
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Seguridad, modificó las normativas para las fuerzas policiales y de seguridad federales que realizan tareas preventivas en internet, estableciendo excepciones cruciales a la prohibición de monitorear sin autorización judicial los datos sensibles y publicaciones de menores. La nueva resolución permite la intervención en casos de riesgo para la vida o integridad de los niños y adolescentes, posibles autolesiones, delitos cibernéticos en tiempo real o indicios de ataques violentos en escuelas y espacios públicos.
Las fuerzas policiales y de seguridad federales operan bajo un nuevo protocolo para la prevención de ciberdelitos en internet y redes sociales de acceso público. La Resolución 725/2026 del Ministerio de Seguridad de la Nación, firmada por la ministra Alejandra Susana Monteoliva y publicada este miércoles 29 de julio de 2026 en el Boletín Oficial, introduce cambios significativos. Esta normativa modifica un inciso de la anterior Resolución 428/2024, que regía las pautas para las labores preventivas en entornos digitales. La regla general, ante la detección de un menor de edad durante un monitoreo o investigación, es la suspensión inmediata de la tarea y el registro de lo ocurrido, salvo en situaciones excepcionales puntuales.
Las Excepciones al Monitoreo de Menores en Redes
La nueva normativa mantiene la prohibición de un monitoreo indiscriminado de publicaciones de niños y adolescentes, respetando la Ley de Protección de Datos Personales y vedando el tratamiento de datos sensibles sin autorización judicial. Sin embargo, la Resolución 725/2026 introduce un marco para la continuidad de la tarea preventiva en circunstancias excepcionales, donde la vida o integridad de una persona se vea amenazada.
Cuando el personal policial que realiza tareas preventivas en espacios digitales tenga la certeza o presunción de estar frente a un menor de edad, deberá suspender la actividad y dejar constancia de esa situación en el libro de registro correspondiente, informando a la autoridad responsable. No obstante, la norma enumera cinco escenarios donde esta suspensión no aplica:
- Riesgo inminente para la vida del menor: Las fuerzas pueden proseguir el monitoreo para prevenir un agravamiento de la situación.
- Indicios de desamparo, fuga o sustracción: Se permite la intervención cuando la información disponible pueda contribuir a localizarlo o protegerlo.
- Conducta autolesiva o suicida: La existencia de meros indicios es suficiente para mantener la tarea preventiva, sin requerir certeza de daño inminente.
- Víctima de ciberdelito en tiempo real: La continuidad del monitoreo es clave para prevenir el delito o identificar a sus responsables.
- Amenazas a la vida o integridad de terceros: Esto incluye específicamente la planificación o preparación de actos de violencia masiva en escuelas o espacios públicos, aplicándose sin distinción de si el menor involucrado es considerado víctima o presunto autor.
En todos estos casos, el protocolo exige que los agentes dejen constancia detallada de las circunstancias que justificaron la continuidad del monitoreo y que comuniquen la situación de inmediato a la autoridad responsable.
La Razón Detrás de la Actualización Normativa
La decisión de modificar las reglas de monitoreo se fundamenta en la creciente complejidad de los ciberdelitos y la aparición de amenazas de violencia masiva, especialmente en establecimientos educativos y difundidas a través de plataformas digitales. El Ministerio de Seguridad Nacional argumenta que estas situaciones demandan una intervención preventiva inmediata cuando el riesgo es concreto y no hay tiempo para demoras.
Esta resolución se enmarca en una estrategia más amplia del Ministerio para combatir el avance de los delitos digitales, que afectan a individuos, empresas e infraestructuras críticas. En este contexto, se busca fortalecer la coordinación entre las fuerzas federales. Argentina, además, adhirió al Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia (Ley 27.411), lo que subraya la necesidad de adaptar los protocolos internos a estándares internacionales de prevención e investigación de ciberdelitos. La medida también se alinea con iniciativas como el Plan Federal de Prevención de Ciberdelitos y Gestión Estratégica de la Ciberseguridad 2025-2027 y el Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Cibercrimen (FORCIC), orientados a potenciar las capacidades de detección y análisis de incidentes cibernéticos.
Implicancias y el Equilibrio entre Privacidad y Prevención
Para las familias, la nueva normativa clarifica que la protección de la privacidad de niños y adolescentes en línea se mantiene firme. Las fuerzas federales no están autorizadas a un monitoreo indiscriminado de sus contenidos. La suspensión de la tarea al detectar a un menor sigue siendo la regla general, activándose las excepciones solo en los escenarios de riesgo grave detallados en la resolución.
La Resolución 725/2026 busca, de este modo, un delicado equilibrio: resguardar la privacidad y los datos personales de los menores, al tiempo que permite una respuesta preventiva y eficaz ante señales de peligro inminente. Reconoce la doble función de los espacios digitales, que pueden ser escenario de delitos o fuentes cruciales para anticipar situaciones de riesgo, como amenazas de violencia masiva en espacios públicos o casos de autolesión, desaparición o sustracción. La obligación de suspender el monitoreo en estos casos críticos podría impedir la protección de las personas afectadas.
Finalmente, la normativa subraya la necesidad de transparencia y rendición de cuentas. Si los agentes deciden continuar con la tarea preventiva bajo una de las excepciones previstas, deben documentar de forma detallada las circunstancias específicas que justificaron su accionar y comunicarlo inmediatamente a la autoridad superior. La Resolución 725/2026 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, sentando así las nuevas bases para la actuación preventiva de las fuerzas federales en el entorno digital.
