martes, octubre 28

Ocho áreas estatales mantendrán el financiamiento de bingos y casinos

El Poder Ejecutivo de Santa Fe promulgó la Ley N° 14.416, que extiende por otros cinco años la vigencia de la Ley N° 13.385. Esta norma es fundamental para la provincia, ya que regula la distribución de las utilidades generadas por la explotación de casinos y bingos, garantizando recursos para diversas áreas del Estado santafesino. Entre los principales beneficiarios de este fondo se encuentran municipios y comunas, programas de turismo, atención a la discapacidad, el CUDAIO, cuerpos de bomberos voluntarios y el Laboratorio de Especialidades Medicinales (LEM). Según fuentes del Poder Ejecutivo, en el último período (2024), las utilidades giradas por la explotación de los tres casinos provinciales y los casinos online se acercaron a los mil millones de pesos.

Una Prórroga Clave para la Distribución de Fondos

La promulgación de la Ley N° 14.416 se realizó «sobre la hora», antes del vencimiento de la prórroga anterior este fin de semana. El trámite legislativo había sido iniciado por el diputado oficialista Joaquín Blanco y completado por el Senado provincial. Esta no es la primera vez que se extiende la vigencia de la Ley N° 13.385; de hecho, la normativa ha sido objeto de varias prórrogas a lo largo de los años.

Historia de la Legislación sobre Juegos de Azar

El origen de esta legislación se remonta a diciembre de 2001, cuando la Ley N° 11.998 autorizó al Poder Ejecutivo provincial a disponer la instalación y explotación de casinos y bingos. El artículo 11 de esa ley fue el que determinó inicialmente los sectores y porcentajes a los cuales se destinarían las utilidades de estas salas de juego.

Posteriormente, en 2013, ese artículo fue reformado mediante la Ley N° 13.385. La Legislatura de entonces consideró necesario reenfocar el criterio de distribución hacia nuevas prioridades temáticas y problemas sociales. Así, se asignaron recursos específicos para el cumplimiento de la Ley N° 12.967 (de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes), para la integración del Fondo establecido por la Ley N° 10.554 (Ley Provincial del Deporte), y para erogaciones de infraestructura, equipamiento, mantenimiento y funcionamiento del Laboratorio de Especialidades Medicinales Sociedad del Estado (LEM).

Un Historial de Extensiones Temporales

La Ley N° 13.385 se fijó originalmente con un período de vigencia de cinco años, que culminó en 2018. Desde entonces, ha sido objeto de sucesivas prórrogas: una primera que extendió el plazo por tres años, seguida por otra votada en octubre de 2022, también por tres años, y finalmente, la actual prórroga por otros cinco años. Esta continuidad garantiza la estabilidad en la financiación de los programas y entidades beneficiadas.

Detalle de los Beneficiarios de las Utilidades

De acuerdo con la Ley N° 13.385, las utilidades percibidas por el Poder Ejecutivo de Santa Fe a partir de la explotación de casinos y bingos mantienen la siguiente distribución:

  • 5% se destina a políticas activas de promoción turística en todo el territorio provincial.
  • 10% se asigna a Municipalidades y Comunas, conforme al régimen de distribución de la coparticipación provincial para el Impuesto Inmobiliario.
  • 4% se dirige a los fines establecidos en la Ley Provincial de Discapacidad N° 9.325.
  • 4% contribuye a los fines establecidos en la Ley N° 11.264 de Donación, Ablación e Implante de Órganos (gestionada por el CUDAIO).
  • 4% se utiliza para el cumplimiento de los fines establecidos en la Ley N° 12.967 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
  • 3% se designa para el funcionamiento de los cuerpos de bomberos voluntarios en la provincia.
  • 1% está destinado a erogaciones de infraestructura, equipamiento, mantenimiento y funcionamiento del Laboratorio de Especialidades Medicinales Sociedad del Estado (LEM).
  • El 69% restante se asigna a los fines sociales establecidos en la Ley N° 5.110.