lunes, septiembre 21

Santa Fe derogó un decreto de 1955 para agilizar la firma de contratos públicos

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe eliminó la exigencia histórica de la intervención de la Escribanía de Gobierno en las contrataciones de obras, provisiones y servicios, a través del Decreto N° 1948/26. Con esta medida firmada por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia, todo el proceso administrativo se formalizará mediante firma digital en la plataforma provincial TIMBÓ.

El fin de una norma con más de 70 años de vigencia

La disposición oficial implicó la derogación total del Decreto N° 4875, una normativa que databa del 30 de diciembre de 1955. Aquel texto original regulaba los trámites de contratos estatales y exigía la intervención obligatoria de la Escribanía Mayor de Gobierno o la confección de escrituras públicas para dotar de validez a los acuerdos. Sin embargo, con el paso de las décadas, las sucesivas modificaciones del signo monetario en la Argentina dejaron sin aplicación práctica los montos previstos originalmente, como el límite fijado en 200.000 pesos moneda nacional de la época.

Desde el Ejecutivo provincial señalaron que los avances tecnológicos actuales superan las garantías que ofrecían los antiguos trámites notariales. En este sentido, la nueva normativa se respalda en la legislación vigente sobre Firma Digital y en la Ley de Gobernanza de Datos. Estos marcos jurídicos garantizan plenamente la autoría, la inalterabilidad, la fecha cierta y la legalidad de cada documento que se suscribe de manera electrónica en la plataforma del Estado santafesino.

Digitalización y despapelización en la administración pública

La medida se enmarca dentro del programa provincial Territorio 5.0 y da continuidad a la meta fijada por la gestión de consolidar la digitalización total de los trámites administrativos, prohibiendo el inicio de nuevos expedientes en papel. Con la eliminación de este requisito de carácter septuagenario, la Casa Gris apunta a agilizar la gestión, disminuir los costos operativos y potenciar la transparencia a través de registros digitales que resultan completamente trazables y auditables.

En cuanto a los aspectos operativos, el decreto establece que el control de la identidad de los firmantes y la verificación de la representación legal de las empresas contratistas quedarán bajo la órbita de las áreas jurídicas de cada repartición. Este control previo se realizará de manera digital antes de la suscripción del instrumento, lo que permitirá evitar demoras burocráticas y recortar de manera significativa los tiempos necesarios para la tramitación de obras y servicios públicos en todo el territorio santafesino.